Requisitos para instalar una plataforma salvaescaleras: Normativa

Logra Accesibilidad / Blog / Requisitos para instalar una plataforma salvaescaleras: Normativa

Introducción

Las plataformas salvaescaleras son soluciones clave para garantizar la accesibilidad en viviendas, comunidades y edificios públicos. Su instalación, sin embargo, está sujeta a una serie de requisitos técnicos, normativos y de seguridad que deben cumplirse para evitar problemas legales o técnicos. 

Este artículo analiza los principales requisitos para instalar una plataforma salvaescaleras, con especial atención a la normativa vigente en España.

Requisitos técnicos para la instalación del salvaescaleras

Antes de instalar una plataforma salvaescaleras, es imprescindible verificar que el espacio y las condiciones del entorno cumplen con una serie de requisitos técnicos fundamentales. 

Estos requisitos afectan tanto a la estructura del edificio como a los elementos eléctricos, de seguridad y normativos que garantizan una instalación segura, funcional y legal. A continuación se detallan los principales aspectos a tener en cuenta.

Espacio

La instalación requiere un ancho mínimo de escalera libre que, según el modelo, puede variar entre 90 y 100 cm. En algunos casos puede ser necesario modificar barandillas u otros elementos.

Acceso

Debe garantizarse un acceso libre de obstáculos desde el punto de entrada hasta la plataforma. En comunidades o edificios con varios niveles, debe haber continuidad.

Diseño

El diseño debe adaptarse al tipo de escalera (recta o curva) y a las características arquitectónicas del edificio, priorizando la integridad estructural y la funcionalidad del sistema.

Soporte

La plataforma debe anclarse sobre una estructura estable, como un muro portante o una viga metálica. No se permite la instalación sobre elementos huecos o poco resistentes.

Electricidad

Se necesita una toma de corriente cercana (230 V). Se recomienda línea independiente con protección diferencial. La batería de respaldo debe garantizar funcionamiento en caso de corte de luz.

Carga

La capacidad de carga mínima suele rondar los 225 kg, pero varía según modelo. Es importante prever margen de seguridad para usuarios con silla de ruedas eléctrica o acompañante.

Seguridad

Sistemas de parada automática, cinturón de seguridad, rampas antideslizantes y botoneras accesibles son obligatorios en la mayoría de instalaciones.

Normativa

Toda plataforma debe cumplir la norma técnica EN 81-40, así como los requisitos de marcado CE que garantizan su seguridad y fabricación conforme a la legislación europea.

Normativa y requisitos legales en España para instalar un salvaescaleras

Normativa de accesibilidad (incluye Ley de Propiedad Horizontal)

  • Ley de Propiedad Horizontal (art. 10.1b): obliga a realizar obras necesarias para garantizar la accesibilidad, sin necesidad de aprobación por mayoría si el solicitante tiene discapacidad reconocida o es mayor de 70 años.
  • Código Técnico de la Edificación (CTE): especifica las condiciones que deben cumplir los elementos mecánicos de accesibilidad.

Licencias o autorizaciones municipales

Es habitual que se necesite una licencia de obra menor o, en algunos casos, una declaración responsable. Se debe consultar con el ayuntamiento correspondiente antes de comenzar la instalación.

Requisitos para viviendas particulares

En viviendas unifamiliares, no suele ser necesaria licencia, pero sí se debe cumplir la normativa de seguridad eléctrica y estructural, especialmente si se va a modificar la fachada o elementos comunes.

Requisitos en comunidades de vecinos y espacios públicos

En comunidades, debe notificarse a la comunidad y presentar proyecto técnico si hay intervención estructural. En espacios públicos, se requiere autorización administrativa y cumplimiento estricto de la normativa EN 81-40.

Requisitos de seguridad durante y después de la instalación

Señalización visible e instrucciones de uso

Es obligatorio incluir señalización clara (instrucciones, emergencia, carga máxima). Deben colocarse en lugar visible y accesible.

Barreras, sensores y sistemas de emergencia

Las plataformas salvaescaleras deben incorporar elementos de protección activa que garanticen la seguridad del usuario en todo momento. Estos sistemas detectan obstáculos, evitan caídas y permiten actuar rápidamente ante cualquier imprevisto. Su correcta instalación y funcionamiento es obligatoria según la normativa vigente.

  • Barreras de seguridad lateral
  • Sensor anticolisión
  • Parada de emergencia accesible
  • Alarma acústica y luminosa

Estos sistemas previenen accidentes durante el uso y permiten la evacuación en caso de fallo.

Normativa técnica aplicable (EN 81-40, marcado CE)

La EN 81-40 regula la fabricación, instalación y mantenimiento de plataformas salvaescaleras. Es obligatoria en toda la UE y debe estar acompañada de declaración CE de conformidad.

¿En qué tipo de edificio se puede instalar un salvaescaleras?

Viviendas unifamiliares vs comunidades de vecinos

En viviendas unifamiliares, la instalación es más sencilla y no requiere autorización comunitaria. En comunidades, es obligatorio notificar y cumplir las normas de accesibilidad.

Edificios antiguos o con escaleras estrechas

En muchos casos, sí es posible instalar una plataforma salvaescaleras, pero puede requerir obra de adaptación. Es recomendable una evaluación técnica previa.

Alternativas cuando no es viable instalarla

  • Sillas salvaescaleras
  • Miniascensores unifamiliares
  • Rampas portátiles o fijas

Estas opciones pueden ser más viables en escaleras especialmente angostas o edificios protegidos.

¿Es obligatorio contratar el mantenimiento de un salvaescaleras?

Sí, es obligatorio. La norma EN 81-40 exige revisiones periódicas por parte de un técnico autorizado. En instalaciones en edificios comunitarios o públicos, el mantenimiento debe quedar documentado.

¿Es mejor una plataforma salvaescaleras o un ascensor?

Depende de la situación. Las plataformas salvaescaleras son más económicas y fáciles de instalar, ideales para resolver barreras arquitectónicas puntuales. Los ascensores ofrecen mayor comodidad y capacidad, pero implican obra mayor.

En resumen, ¿cómo instalar un salvaescaleras según la normativa?

Instalar una plataforma salvaescaleras no solo implica una obra técnica, sino también seguir una serie de pasos legales y administrativos que garantizan su legalidad y seguridad. A continuación se describe el proceso general que debe seguirse para cumplir con la normativa vigente en España:

1. Verificar la necesidad de accesibilidad

Confirma si existe una necesidad real de accesibilidad por parte de alguna persona con movilidad reducida, discapacidad reconocida o mayor de 70 años. En ese caso, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a permitir y facilitar la instalación en comunidades de vecinos.

2. Consultar la normativa vigente

Revisa la normativa aplicable, incluyendo:

  • Ley de Propiedad Horizontal (LPH) – art. 10.1.b
  • Código Técnico de la Edificación (CTE) – sección SU 7
  • Norma UNE-EN 81-40 – aplicable a plataformas inclinadas

Esto permite conocer los requisitos legales, técnicos y de seguridad que debe cumplir la instalación.

3. Informar a la comunidad de propietarios (si aplica)

En caso de que la instalación se realice en una comunidad de vecinos, debe notificarse formalmente a través de una junta. No se requiere votación si se justifica la necesidad por discapacidad o edad, pero sí es aconsejable presentar un informe técnico o proyecto básico.

4. Consultar con el ayuntamiento

Contacta con el ayuntamiento correspondiente para saber si se requiere una licencia de obra menor, una declaración responsable o simplemente una comunicación previa. La documentación suele incluir plano, memoria técnica y acreditación del instalador.

5. Solicitar presupuesto a empresas homologadas

Elige una empresa autorizada que cumpla con la normativa europea (marcado CE) y que pueda emitir los certificados correspondientes. Solicita también documentación técnica para presentar ante la comunidad o el ayuntamiento.

6. Formalizar contrato e iniciar los trámites

Una vez aceptado el presupuesto, firma el contrato y tramita los permisos necesarios. La empresa instaladora suele encargarse del seguimiento de la normativa y del cumplimiento legal.

7. Ejecutar la instalación con supervisión técnica

Asegúrate de que la instalación se realice por personal cualificado. Deben entregarse certificados de conformidad, instrucciones de uso y registro del equipo para el mantenimiento.

Otras preguntas frecuentes útiles

¿Qué normativa debo consultar antes de instalar un salvaescaleras?

EN 81-40, Ley de Propiedad Horizontal, Código Técnico de la Edificación (CTE) y normativa local de accesibilidad. Estas regulaciones definen tanto los requisitos técnicos como los derechos de instalación en edificios.

¿Qué alternativas hay a una silla salvaescaleras?
Existen varias soluciones que pueden sustituir una silla salvaescaleras cuando no es viable o adecuada para el usuario:

  • Plataforma salvaescaleras: permite subir con silla de ruedas sin necesidad de transferencia.
  • Elevador vertical unipersonal: ideal en viviendas con poco espacio donde no es posible instalar un ascensor.
  • Miniascensor o ascensor doméstico: opción más completa y cómoda, aunque requiere obra y mayor inversión.
  • Rampas fijas o portátiles: solución económica en desniveles pequeños, útil para personas con movilidad reducida leve.

La elección depende del espacio disponible, las necesidades del usuario y el presupuesto.

Conclusión

Instalar una plataforma salvaescaleras es una medida eficaz para mejorar la accesibilidad y la autonomía de personas con movilidad reducida. Más allá de los aspectos técnicos, es fundamental cumplir con la normativa vigente en España, que garantiza la seguridad, legalidad y viabilidad de la instalación. 

Con una correcta planificación, asesoramiento profesional y el cumplimiento de los pasos legales, es posible adaptar cualquier edificio a las necesidades de accesibilidad de sus usuarios.

Deja un comentario

sonrisa_5

Logra superar tus escaleras sin miedo







    Responsable de tratamiento:Sus datos serán tratados por JORGE GARCÍA HUERTAS con domicilio social en Calle Retiro nº2, esc. A Piso 1º V, 18102 - Ambroz (Granada).Finalidad y legitimación: Sus datos serán tratados para los fines especificados en el motivo de contacto y poder darle respuesta a sus peticiones o consultas, con base legal en el consentimiento espreso. Cesiones: no serán cedidos a terceros salvo obligación legal. Plazo: Sus datos serán tratados el tiempo estrictamente necesario para el cumplimiento de la finalidad o finalidades concretas que motivaron su recogida, hasta la pérdida de relevancia de su uso, o, en todo caso hasta que sean cancelados en respuesta al ejercicio por parte de su titular de los derechos correspondientes. Derechos: Le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos a través de este formulario de contacto o dirigiéndose a la siguiente dirección de correo electrónico: jorge.imserc@gmail.com, o también por escrito, adjuntando una copia de un documento acreditativo de su identidad a la dirección: Calle Retiro nº2, esc. A Piso 1º V., 18102 - Ambroz (Granada) Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de datos en nuestra política de privacidad.